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Criterios
para el diagnóstico de trastorno del estado de ánimo
inducido por sustancias
A.
En el cuadro clínico predomina una notable y persistente
alteración del estado de ánimo caracterizada por uno
(o ambos) de los siguientes estados:
1.
estado de ánimo depresivo o notable disminución de
intereses o del placer en todas o casi todas las actividades
2. estado de ánimo elevado, expansivo o irritable
B.
A partir de la historia clínica, la exploración física
o los exámenes de laboratorio, hay pruebas de que 1
o 2:
1.
los síntomas del Criterio A aparecen durante o en
el mes siguiente a una intoxicación o abstinencia
2. el empleo de un medicamento está etiológicamente
relacionado con la alteración
C.
La alteración no se explica mejor por la presencia de
un trastorno del estado de ánimo que no sea inducido
por sustancias. Las pruebas de que los síntomas no son
atribuidles a un trastorno del estado de ánimo no inducido
por sustancias pueden ser las siguientes: los síntomas
preceden al inicio del consumo de la sustancia (o al
consumo del medicamento); los síntomas persisten durante
un período sustancial de tiempo (p. ej., alrededor de
1 mes) después del final de la abstinencia aguda o la
intoxicación grave, o son claramente excesivos respecto
a lo que sería esperable dado el tipo o la cantidad
de la sustancia utilizada o la duración de su uso; o
hay otros datos que sugieren la existencia independiente
de un trastorno del estado de ánimo no inducido por
sustancias (p. ej., una historia de episodios depresivos
mayores recidivantes).
D.
La alteración no aparece exclusivamente en el transcurso
de un delirium.
E.
Los síntomas provocan malestar clínico significativo
o deterioro social, laboral o de otras áreas importantes
de la actividad del individuo.
Nota:
Este diagnóstico debe hacerse en lugar de un diagnóstico
de intoxicación por sustancias o abstinencia de sustancias
únicamente si los síntomas exceden de los normalmente
asociados con el síndrome de intoxicación o abstinencia
y cuando son de suficiente gravedad como para merecer
una atención clínica independiente.
Código
para trastorno del estado de ánimo inducido por (sustancia
específica):
F10.8
Alcohol [291.8]
F16.8 Alucinógenos [292.84]
F15.8 Anfetaminas (o sustancias de acción similar) [292.84]
F14.8 Cocaína [292.84]
F19.8 Fenciclidina (o sustancias de acción similar)
[292.84]
F18.8 Inhalantes [298.84]
F11.8 Opiáceos [298.84]
F13.8 Sedantes, hipnóticos o ansiolíticos [292.84]
F19.8 Otras sustancias (o desconocidas) [292.84]
Tipos:
Con
síntomas depresivos: si el estado de
ánimo predominante es depresivo.
Con
síntomas maníacos: si el estado de ánimo
predominante es elevado, eufórico o irritable
Con
síntomas mixtos: si hay tanto síntomas
de manía como de depresión sin que ninguno de ellos
predomine.
Especificar
si:
De
inicio durante la intoxicación: si se cumplen los
criterios para la intoxicación por la sustancia y los
síntomas aparecen durante la intoxicación.
De
inicio durante la abstinencia: si se cumplen los
criterios para la abstinencia de la sustancia y los
síntomas aparecen durante o poco tiempo después del
síndrome de abstinencia.
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